Por su participación en una carrera sin inscribirse.
En aplicación del Reglamento Sancionador del Circuito de Carreras Populares de Ciudad Real 2018, el Comité de Competición del citado Circuito, de oficio, una vez revisada las pruebas gráficas y los listados con los resultados y tiempos de la Carrera de las Antorchas de Villanueva de los Infantes, y tras valorar las alegaciones presentadas por la interesada, ACUERDA:
Primero.- Sancionar a la atleta Dª. A.G.T. (Club Trail Running Sierra) con la prohibición de participar en las tres próximas pruebas del Circuito de Carreras Populares de Ciudad Real (Media Maratón de Torralba, Media Maratón de Puertollano y Media Maratón de Alcázar de San Juan) por intervenir en la Carrera de las Antorchas de Villanueva de los Infantes sin haber realizado la inscripción y con el dorsal perteneciente a otro corredor.
Fundamentación (Reglamento de sanciones disciplinarias 2018):
– Por no inscribirse en la prueba y participar en la misma.
– Por participar con un dorsal asignado a otro corredor
Segundo.- Advertir la citada atleta que la reincidencia en este tipo de acciones conllevará la prohibición de participar en el resto de pruebas del Circuito, así como en la siguiente edición del mismo.
En aplicación del Reglamento Sancionador del Circuito de Carreras Populares de Ciudad Real 2018, el Comité de Competición del citado Circuito, de oficio, una vez revisada las pruebas gráficas y los listados con los resultados y tiempos de la Carrera de las Antorchas de Villanueva de los Infantes, y tras valorar las alegaciones presentadas por el interesado, ACUERDA:
Primero.- Sancionar al atleta D. A.S.G.M. (Club Los Trotones) con la prohibición de participar en las tres próximas pruebas del Circuito de Carreras Populares de Ciudad Real (Media Maratón de Torralba, Media Maratón de Puertollano y Media Maratón de Alcázar de San Juan) por intervenir en la Carrera de las Antorchas de Villanueva de los Infantes sin haber realizado la inscripción.
Fundamentación (Reglamento de sanciones disciplinarias 2018):
– Por no inscribirse en la prueba y participar en la misma.
Segundo.- Advertir al citado atleta que la reincidencia en este tipo de acciones conllevará la prohibición de participar en el resto de pruebas del Circuito, así como en la siguiente edición del mismo.